Comentario a la STC 75/2008, de 23 de junio de 2008 (Sala Primera): desestimación del recurso contencioso-administrativo, sin pronunciarse sobre el fondo de los motivos alegados por la recurrente, por considerar que el fracaso de la vía económico-administrativa es imputable a la propia conducta procesal de aquélla que no presentó alegaciones. Vulneración del derecho a la tutela judicial cuando no existe sentencia en cuanto al fondo de la demanda

dc.contributor.authorRodríguez Losada, Soraya
dc.date.accessioned2013-03-27T13:27:45Z
dc.date.available2013-03-27T13:27:45Z
dc.date.issued2008
dc.description.abstractEl Tribunal Constitucional permite que se presenten reclamaciones económicoadministrativas carentes de alegaciones, considerando la vía económico-administrativa como una simple carga procesal del particular, una mera vía que debe agotar para acceder a la jurisdicción contencioso-administrativa.gl
dc.identifier.citationRODRÍGUEZ LOSADA, Soraya: «Comentario a la STC 75/2008, de 23 de junio de 2008 (Sala Primera): desestimación del recurso contencioso-administrativo, sin pronunciarse sobre el fondo de los motivos alegados por la recurrente, por considerar que el fracaso de la vía económico-administrativa es imputable a la propia conducta procesal de aquélla que no presentó alegaciones. Vulneración del derecho a la tutela judicial cuando no existe sentencia en cuanto al fondo de la demanda». Dereito: Revista Xurídica da Universidade de Santiago de Compostela. Vol. 17, N.2 (2008), pp. 255-263. ISSN 1132-9947gl
dc.identifier.issn1132-9947
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10347/7913
dc.language.isospagl
dc.publisherUniversidade de Santiago de Compostela. Servizo de Publicacións e Intercambio Científicogl
dc.rights.accessRightsopen accessgl
dc.subjectreclamación económico-administrativagl
dc.subjectprincipio pro actionegl
dc.subjecttutela judicial efectivagl
dc.subjectderecho a un proceso sin dilaciones indebidasgl
dc.titleComentario a la STC 75/2008, de 23 de junio de 2008 (Sala Primera): desestimación del recurso contencioso-administrativo, sin pronunciarse sobre el fondo de los motivos alegados por la recurrente, por considerar que el fracaso de la vía económico-administrativa es imputable a la propia conducta procesal de aquélla que no presentó alegaciones. Vulneración del derecho a la tutela judicial cuando no existe sentencia en cuanto al fondo de la demandagl
dc.typejournal articlegl
dspace.entity.typePublication

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