El despido del trabajador derivado del uso de las redes sociales

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La pérdida de espacios de convivencia ha erigido a la red social en un ágora donde la comunicación bilateral ha dejado paso a la exposición unilateral de contenidos y opiniones. El exhibicionismo propiciado por la cultura de la aprobación cultivada en su seno ha dado pábulo a no pocos conflictos, a los cuales la empresa no ha permanecido ajena. La posibilidad de incurrir en un incumplimiento contractual consistente en el uso de la red social, o delatado por la misma, obliga a analizar el margen de libertad que el Derecho del Trabajo confiere a sus usuarios.
The loss of spaces for coexistence has turned the social network into an agora where bilateral communication has given way to unilateral exposure of content and opinions. The exhibitionism fostered by the culture of approval cultivated within it has given rise to many conflicts, to which the company has not remained oblivious. The possibility of incurring in a breach of contract through the use of the social network, or being reported by it, makes it necessary to analyse the margin of freedom that labour law confers on its users.

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Villalba Sánchez, Alicia. “El despido del trabajador derivado del uso de las redes sociales”. IUSLABOR, no. 3, pp. 31-56, doi:10.31009/IUSLabor.2022.i03.02.

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Este trabajo es fruto del proyecto de investigación de la Agencia Estatal de Investigación “Aprendizaje a lo largo de la vida en una sociedad digital: formación y recualificación para las nuevas profesiones del mercado de trabajo global” - RETOS 220 (2020-PN181), Ref.PID2020-113151RB-I00, cuya IP es la Profª Lourdes Mella Méndez; y del proyecto autonómico de la Xunta de Galicia concedido en el marco del Programa de consolidación e estruturación de unidades de investigación competitivas nas universidades do Sistema Universitario de Galicia “Consolidación 2019, Grupo de Referencia Competitiva GI-1876 Empresa e Administración – EA (2019-PG032) Ref.ED431C 2019/15”, cuyo IP es el profesor César GARCÍA NOVOA.

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