La conciliación de la vida personal y laboral en España. Avances y retrocesos

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Universidade de Santiago de Compostela. Servizo de Publicacións e Intercambio Científico
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Los derechos de conciliación deben cobrar un singular protagonismo, elevándose a principios sociales de primer orden. Pueden considerarse verdaderos derechos sociales colectivos si queremos avanzar como ciudadanos, diferenciándose así las políticas de igualdad de las políticas de género, porque lo que surge para evitar la discriminación, tiene el peligro de acabar ratificándola. Han de estar también orientadas a fomentar derechos para ser ejercidos en exclusiva por los varones, mejorar las disposiciones de la ley (en muchos casos su mero cumplimiento), o colmar silencios elocuentes y otras deficiencias de técnica legislativa apuntadas en estas líneas, pues ni la ley 39/ 1999, ni ahora la LOI definen y aglutinan todos los instrumentos laborales y de seguridad social, y su aplicación práctica tiene un sentido menos grandilocuente, más modesto, frente a la idealización impulsada por cierta “literatura empresarial”.

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RICOY CASAS, Rosa María: «La conciliación de la vida personal y laboral en España. Avances y retrocesos». Dereito: Revista Xurídica da Universidade de Santiago de Compostela. Vol. 18, N.1 (2009), pp. 135-162. ISSN 1132-9947

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