La contratación de los servicios de comunicaciones electrónicas (telefonía e internet)
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En el contrato de servicios de comunicaciones electrónicas, el operador se obliga a
prestar el servicio al usuario a cambio de su remuneración. Se configura como un
verdadero tipo contractual, en el que destacan las medidas de protección de sus
usuarios. Con nuestro trabajo pretendemos dar una visión global de la
contratación de los servicios de comunicaciones electrónicas, desde la perspectiva
de sus usuarios. En primer lugar, analizaremos las competencias que concurren en
la regulación de los servicios de comunicaciones electrónicas
(telecomunicaciones, legislación básica de las obligaciones contractuales y
protección de consumidores). En el segundo bloque, parte central del trabajo,
estudiaremos pormenorizadamente el contrato de servicios de comunicaciones
electrónicas. Al tratarse de un contrato de servicios, debemos preguntarnos si nos
encontramos ante una obligación de medios o una obligación de resultado.
Además, analizaremos las cuatro fases del contrato: la fase precontractual,
delimitando las posibles responsabilidad de cada una de las partes; la
formalización del contrato, incidiendo en el estudio de las cláusulas predispuestas
aplicables a este tipo contractual; la ejecución del contrato, con el análisis de las
obligaciones que corresponden a cada una de las partes; y finalmente, haremos
referencia a las causas de extinción del contrato. Para finalizar es preciso hacer
mención a los medios de resolución extrajudicial de conflictos, por los que se da
garantía y efectividad a los derechos reconocidos a los usuarios. Especial atención
merecen el servicio de atención al cliente, la reclamación ante la SETSI y el
Arbitraje de Consumo.
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