Victimización secundaria, medios de comunicación e intimidad de la víctima: algunas medidas para su tutela en el ordenamiento penal español

dc.contributor.affiliationUniversidade de Santiago de Compostela. Departamento de Dereito Público Especial e da Empresaes_ES
dc.contributor.authorPérez Rivas, Natalia
dc.date.accessioned2024-04-23T07:08:17Z
dc.date.available2024-04-23T07:08:17Z
dc.date.issued2019
dc.descriptionPóster presentado en el III Colóquio Internacional OPVC: “Violencia, Crime e Desvio”, Universidade Fernando Pessoa, Oporto (Portugal), 4-5 abril 2019.es_ES
dc.description.abstractLas autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal, así como todos aquellos que de cualquier modo intervengan o participen en el proceso, deben adoptar las medidas necesarias para proteger la intimidad de las víctimas y de sus familiares (arts. 19 y 22 LEVD). Estas medidas -que se hallan reguladas, principalmente, en los arts. 681, 682 y 906 LECr- tienen por objeto poner fin a la victimización que se produce en su entorno cuando su situación de víctima, especialmente en el marco de determinados tipos delictivos (v. gr. delincuencia sexual), pasa a ser de dominio público. A esta victimización contribuyen, activamente, los medios de comunicación a los que se impone, de forma expresa, la obligación de respetar la intimidad, la dignidad y los demás derechos de las víctimas (art. 34 LEVD). A este respecto, en el Código Deontológico de la FAPE se establece que “se evitará nombrar a las víctimas de un delito, así como la publicación de material que pueda contribuir a su identificación, actuando con especial diligencia cuando se trate de delitos contra la libertad sexual”. Esta protección se verá intensificada en el caso de víctimas menores o con discapacidad necesitadas de especial protección. Pese a que nada se dice ni en la LEVD ni en la LECr, entendemos, a tenor de la redacción de los arts. 63.1 LOVG y 42 Ley 29/2011, que este mismo régimen de protección reforzado de la intimidad resulta de aplicación a las víctimas de violencia de género y de terrorismo, a sus descendientes y a cualquier otra persona que se halle bajo su guardia y custodia.es_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10347/33604
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionales_ES
dc.rights.accessRightsopen accesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subjectVíctimases_ES
dc.subjectMedios de comunicaciónes_ES
dc.subjectIntimidades_ES
dc.subjectVictimización secundariaes_ES
dc.subjectTutela penaes_ES
dc.subject.classification560505 Derecho penales_ES
dc.titleVictimización secundaria, medios de comunicación e intimidad de la víctima: algunas medidas para su tutela en el ordenamiento penal españoles_ES
dc.typeconference outputes_ES
dspace.entity.typePublication
relation.isAuthorOfPublication68134d4f-6b6e-4cea-aad7-608a5d62f798
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