Haciendas locales, financiación y servicios
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Las Administraciones Territoriales adquieren mayores
competencias frente a la Administración Estatal. No obstante las competencias que
asumen las Entidades Locales no están delimitadas de forma precisa, tan sólo la Ley
de bases de Régimen local establece una enumeración de materias o servicios en los
cuales las entidades locales deben asumir competencias en los términos de la
legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas.
Para la prestación de servicios las entidades locales disponen de recursos clasificados
en tributos propios y otros recursos
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