El delito de stalking: análisis jurisprudencial de los elementos del tipo

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El delito de acoso predatorio o stalking fue incorporado a nuestro ordenamiento jurídico por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, en cumplimiento de las obligaciones supranacionales asumidas por España. Los términos amplios e imprecisos en que se hallan redactados los elementos que vertebran el tipo penal demandan un esfuerzo interpretativo por parte de los operadores jurídicos para delimitar su contorno. El presente trabajo tiene por objeto pergeñar pautas orientadoras para el acotamiento de su ámbito de aplicación sobre la base del análisis de la jurisprudencia.

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PÉREZ RIVAS, Natalia: “El delito de stalking: análisis jurisprudencial de los elementos del tipo”, La Ley Penal: revista de derecho penal, procesal y penitenciario, nº 152, 2021, pp. 1-18.

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