Forma de solución de conflictos tras la Ley 13/2009, de 3 de noviembre: especial referencia a la conciliación y mediación

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Universidade de Santiago de Compostela. Servizo de Publicacións e Intercambio Científico
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La Ley 13/2009, de 3 de noviembre de reforma de la legislación procesal garantiza que el juez o tribunal pueda concentrar sus esfuerzos en la labor que le atribuye la Constitución y las leyes como función propia y exclusiva: juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. En este contexto y teniendo en cuenta la sobredimensión del problema de la lentitud de la Administración de Justicia, se están perfilando como necesarias otras fórmulas de solución de conflictos, que traten de solventar los altos costes que supone la Administración de Justicia, su masificación y lentitud, como las que formula el Anteproyecto de Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles. En el presente trabajo se articula el estudio de la legislación vigente con las nuevas perspectivas y líneas de futuro en legislación procesal con el fin de ofrecer soluciones en el oscuro panorama jurisdiccional de tutela de los derechos y libertades individuales, particularmente en el ámbito procesal civil.

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IGLESIAS CANLE, Inés C.: «Forma de solución de conflictos tras la Ley 13/2009, de 3 de noviembre: especial referencia a la conciliación y mediación». Dereito: Revista Xurídica da Universidade de Santiago de Compostela. Vol. 20, N.2 (2011), 65-82. ISSN 1132-9947

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