Rodríguez Losada, Soraya2013-03-272013-03-272008RODRÍGUEZ LOSADA, Soraya: «Comentario a la STC 75/2008, de 23 de junio de 2008 (Sala Primera): desestimación del recurso contencioso-administrativo, sin pronunciarse sobre el fondo de los motivos alegados por la recurrente, por considerar que el fracaso de la vía económico-administrativa es imputable a la propia conducta procesal de aquélla que no presentó alegaciones. Vulneración del derecho a la tutela judicial cuando no existe sentencia en cuanto al fondo de la demanda». Dereito: Revista Xurídica da Universidade de Santiago de Compostela. Vol. 17, N.2 (2008), pp. 255-263. ISSN 1132-99471132-9947http://hdl.handle.net/10347/7913El Tribunal Constitucional permite que se presenten reclamaciones económicoadministrativas carentes de alegaciones, considerando la vía económico-administrativa como una simple carga procesal del particular, una mera vía que debe agotar para acceder a la jurisdicción contencioso-administrativa.spareclamación económico-administrativaprincipio pro actionetutela judicial efectivaderecho a un proceso sin dilaciones indebidasComentario a la STC 75/2008, de 23 de junio de 2008 (Sala Primera): desestimación del recurso contencioso-administrativo, sin pronunciarse sobre el fondo de los motivos alegados por la recurrente, por considerar que el fracaso de la vía económico-administrativa es imputable a la propia conducta procesal de aquélla que no presentó alegaciones. Vulneración del derecho a la tutela judicial cuando no existe sentencia en cuanto al fondo de la demandajournal articleopen access