Sanjurjo Rivo, Vicente A.2013-10-302013-10-302013-10-30978-84-9750-166-8http://hdl.handle.net/10347/9371En Italia como en España, sus Constituciones respectivas de 1947 y 1978 representaron la coronación de unos períodos de transición caracterizados por el propósito de utilizar los ordenamientos precedentes, el prefascista del Estatuto albertino y el de las leyes fundamentales franquistas, a fin de lograr la apertura de sendos procesos constituyentes. Pero a diferencia de lo que sucedió en España, esa voluntad constituyente fue en Italia más evidente y menos ambigua. En ambos casos había también el convencimiento general de que sus modelos centralizados se habían agotado, y en cada una de sus etapas de transición hubo indicios que ya señalaban en la dirección de la autonomía regional como medio más adecuado para proceder a la reordenación de la estructura territorial de los dos Estados.spaEsta obra atópase baixo unha licenza internacional Creative Commons BY-NC-ND 4.0. Calquera forma de reprodución, distribución, comunicación pública ou transformación desta obra non incluída na licenza Creative Commons BY-NC-ND 4.0 só pode ser realizada coa autorización expresa dos titulares, salvo excepción prevista pola lei. Pode acceder Vde. ao texto completo da licenza nesta ligazón: https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.glhttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.glDerecho constitucionalSenadoItaliaEspañaParlamentoDescentralización territorial y bicameralismo: un estudio comparado de las experiencias constituyentes española e italianadoctoral thesisopen access