Ferreiro Regueiro, Consuelo2025-10-092025-10-092023Ferreiro Regueiro, Consuelo. (2023). Igualdad, desigualdad y discriminación en las relaciones laborales tras la Ley 15/2022, de 12 de julio. Boletim da Faculdade de Direito (XCIX, II), 227-2620303-9773https://hdl.handle.net/10347/43018El Boletim da Faculdade de Direito, editado por la Universidad de Coimbra, es una de las revistas más señeras de Portugal en el ámbito de la doctrina científica jurídica y, aunque publica trabajos de todas las ramas del Derecho, es de cita ineludible en cualquiera de ellas y, en particular, en el Derecho del Trabajo. Así, el volumen XCIX, Tomo II, del año 2023, se compone de 8 estudios, de entre los cuales 4 corresponden a las ponencias presentadas por otros tantos autores, entre los que me encuentro, en las Jornadas de la Facultad de Derecho de la Universidad de Coímbra en honor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago de Compostela, que se vienen celebrando bienalmente desde la década de los años cuarenta del pasado Siglo XX. El que aquí se reseña lleva como tema la configuración del derecho fundamental a la no discriminación como independiente del derecho fundamental a la igualdad, cuya actualidad reside en nacer de la reciente Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.El nombre de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, anuncia un amplio desarrollo «de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14», según la expresión utilizada por el art. 53.2 CE. Sin embargo, el artículo parte de que el título de la Ley es equívoco y propone con su correspondiente argumentación jurídica que no se trata ya de un único derecho subjetivo, sino de dos, a saber: el derecho a la igualdad de trato e, independiente de éste, el derecho a la no discriminación. La instauración de cualquiera de ellos expresa el reconocimiento jurídico de la o de las facultades que asisten a cada ciudadano para obtener la tutela en aras de garantizar su cumplimiento, y revela que proceden de dos principios generales diferentes en la actualidad. No cabe cerrar los ojos a la existencia inicial de un único principio, el de igualdad de trato y no discriminación, y su positivación en las normas con esa conformación. La evolución jurídica propia de la discriminación: ampliación de los factores odiosos de diferencia y de los ámbitos de actuación, abandono de la relevancia de la intencionalidad en las conductas que la causan, prevalencia del efecto o resultado objetivo dañino o presunción automática de existencia de daño moral una vez acreditada tal discriminación, han desembocado inexorablemente en la constatación de un principio autónomo de no discriminación de cuya exigencia material surge el derecho del mismo nombre.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internationalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/IgualdadDesigualdadDiscriminaciónDerecho fundamentalPprincipio del derecho56 Ciencias jurídicas y derechoIgualdad, desigualdad y discriminación en las relaciones laborales tras la Ley 15/2022, de 12 de julioEquality, inequality, and discrimination in labour relations under Law 15/2022 of July 12thjournal articleopen access