RT Journal Article T1 Nuevas tendencias del diálogo social en Europa T2 New tendences in European social dialogue A1 Ferreiro Regueiro, Consuelo K1 Díalogo social K1 Acuerdos marco K1 Acuerdos libres K1 Acuerdos reforzados K1 Participación K1 Tratado de Maastricht K1 Tratado de Ámsterdam AB Ante la ausencia de un concepto jurídico del diálogo social en el ámbito europeo, la Comunicación de la Comisión de 12 de agosto de 2004 , sobre “Colaboración para el cambio en una Europa ampliada: Potenciar la contribución del diálogo social europeo”–calificada por el Tribunal de Primera Instancia en sentencia de 17 junio 1998, de “acto atípico”- , pretendió arrojar alguna luz. El artículo la desgrana y califica como tal las siguientes manifestaciones: 1ª) Los documentos extraídos del procedimiento de diálogo previo a la adopción de una “decisión” (reglamento o directiva) de acuerdo con el art. 138 del Tratado de la CE, que son utilizados por los interlocutores sociales para invitar a los Estados miembros a homogeneizar su legislación, fijar las reglas del diálogo social interprofesional o sectorial, y para efectuar recomendaciones a los sindicatos u organizaciones sindicales nacionales que son sus afiliados con idéntico contenido. 2ª) Las opiniones conjuntas, las declaraciones y los instrumentos de intercambio de información , cuyos destinatarios son bien las instituciones comunitarias, como respuesta de los interlocutores sociales a una consulta de naturaleza político-social (por ejemplo, en la elaboración de los libros blancos y verdes), o las autoridades públicas de los Estados miembros que se ven obligados o forzados a modificar su legislación en algún aspecto concreto. Y 3ª) la negociación colectiva en sentido estricto, con su acuerdos, si débiles, si reforzados, si autónomos o libres o, incluso, los negociados como libres al margen de la normativa comunitaria. PB Aranzadi SN 1131-5369 YR 2007 FD 2007 LK https://hdl.handle.net/10347/42996 UL https://hdl.handle.net/10347/42996 LA spa NO Ferreiro Regueiro, Consuelo. (2007). Nuevas tendencias del diálogo social en Europa. Aranzadi Social, 5, 2097-2110 NO La revista Aranzadi Social viene avalada por el prestigio de su editorial, Thomson Reuters Aranzadi, y por la novedad de los contenidos que ha publicado. El artículo se enmarca en ese carácter novedoso surgido del corpus jurídico del Tratado de Maastricht, del que fue un anexo el Acuerdo de Política Social de 1992, luego incorporado en el Tratado de Ámsterdam de 1999, desde el que se desencadenó el dialogo social y la negociación colectiva en el ámbito europeo. DS Minerva RD 24 abr 2026